Nueva Ley General de Movilidad y Seguridad Vial
Todos los estados y municipios del país, estarán obligados a realizar operativos de alcoholímetro de manera permanente , por lo que quedará prohibido que una persona maneje con una alcoholemia superior a 0.25 miligramos por litro de aire expirado o 0.05 grados de alcohol en la sangre.
A los conductores de motocicletas también se les aplicará el alcoholímetro, por lo que no podrán conducir si rebasan 0.02 grados del alcohol en la sangre y queda prohibida cualquier concentración de alcohol en conductores de transporte público.
En todo el país, toda persona que realice un trámite para obtener una licencia de conducir de cualquier tipo, deberá demostrar sus aptitudes mediante un examen teórico y práctico.
Se suma el uso obligatorio de casco para personas conductoras y pasajeros de motocicletas que cumpla con la Norma Oficial Mexicana.
La prohibición de hablar por teléfono celular o cualquier otro dispositivo electrónico o de comunicación también aplicará.
Habrá límites homologados de velocidad: 80 km/h en carriles centrales de avenidas de acceso controlado, 50 km/h en vías primarias y 30 km/h en vías secundarias.
En el marco del primer foro metropolitano 2022 en el Museo de la Ciudad de México, Bernardo Baranda, director en Latinoamérica del Instituto de Políticas el Transporte y del Desarrollo (ITDP por sus siglas en inglés), resaltó que la nueva Ley General de Movilidad y Seguridad Vial sienta las bases de políticas públicas en los tres niveles de gobierno desde un enfoque sistémico y prioriza la protección de los usuarios más vulnerables como el peatón.
“No nada más pensar que esta ley es para la seguridad vial, sino que también estamos tratando de fomentar los modos más sostenibles: transporte público, caminata, bicicleta, etcétera”, expuso.