Dos de cada tres jubilaciones que paga la Anses fueron obtenidas con la ayuda de una moratoria. Eso significa que, al llegar a la edad que habilita a pedir la prestación, quienes ahora son sus titulares no tenían aportes, o sí los tenían, pero no en la cantidad suficiente según lo que exige la ley. El dato es una muestra contundente de un problema que está enraizado en la realidad social y laboral de la Argentina y que tiene sus expresiones en la alta informalidad, el desempleo (sobre todo el de largo plazo), la intermitencia y la precariedad de muchas ocupaciones laborales, y el nivel de inactividad en algunos grupos de la población, algo que responde a diferentes causas. Eso se conjuga con el hecho de que el régimen jubilatorio tiene, como regla general, el requisito de contar con 30 años de aportes, y no ofrece prestaciones proporcionales en caso de que se haya contribuido por menos tiempo.
Según la estadística del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), en 2021 se pagó un promedio mensual de 5.163.554 jubilaciones, de las cuales 3.347.349 (el 64,8%) habían necesitado moratoria. Entre las pensiones, el 12,8% (206.772 sobre 1.610.083) corresponde al universo de prestaciones con moratoria. Si se suman los dos tipos de pagos –el dato promedio mensual indica que hubo puestas al pago 6.773.638 jubilaciones y pensiones en 2021–, la conclusión es que el 52,5% tuvo planes de moratoria. Todos los datos surgen del último boletín de estadísticas de la Secretaría de Seguridad Social, que incluye información hasta diciembre del año pasado.
Las cifras oficiales revelan también que, por primera vez en una década y media, tanto en 2020 como en 2021 cayó el número de prestaciones liquidadas, algo que se explica por la disminución del número de altas de beneficios que se concretaron en 2020. La cantidad de prestaciones fue, durante el año pasado, un 1% más bajo que el de 2020 (hubo 67.494 casos menos en el promedio mensual) y, a la vez, un 1,3% más reducido en relación con 2019 (89.424 pagos menos).
Las demoras en los trámites para habilitar nuevas prestaciones fueron, en la práctica, parte del ajuste al gasto previsional concretado por el gobierno del presidente Alberto Fernández. La otra parte de esa política involucró directamente al bolsillo de quienes ya estaban cobrando: con la suspensión de la fórmula de movilidad durante 2020, los haberes mensuales subieron ese año por debajo de la inflación y por debajo de los aumentos que hubieran correspondido según el cálculo de la ley entonces suspendida, que había sido votada en 2017.
Las personas titulares de jubilaciones y pensiones fueron en 2021, según el promedio mensual, 5.571.165 (1,2% menos que en 2020). La diferencia entre el número de beneficios y el de beneficiarios se explica por los casos de doble prestación (cobro de jubilación y pensión a la vez).
Del total de beneficiarios, el 47,4% cobra el haber mínimo, hoy de $29.061,63. Son 2.592.250 personas (según el dato a diciembre), de las cuales el 84% accedió a su pago tras haber adherido a una moratoria. En el número total de prestaciones (no de personas), la participación del ingreso básico es de 62,7%.
En 2021 se habilitaron 306.699 jubilaciones (contra 120.191 de 2020 y un promedio anual de 248.307 entre 2017 y 2019) y siete de cada diez fueron con moratoria. El índice de participación de estos casos fue bastante más elevado que el de los años previos, y una explicación posible es que en agosto último, antes de las PASO, se aprobó, por decreto de necesidad y urgencia –el tema requiere de la aprobación de una ley por parte del Congreso Nacional– un sistema por el cual se cuentan, por cada hijo y solo para las mujeres, entre uno y tres años como aportados. Esto amplió la posibilidad de adherir a una moratoria.
El uso de ese beneficio no fue habilitado para los varones, un punto cuestionado desde el punto de vista del objetivo de igualdad de género, ya que ubica a la población femenina como responsable de los menores, en lugar de tender a una visión de tareas compartidas (en otros países con este tipo de políticas, se abre el juego para que personas de ambos géneros puedan acceder, con las particularidades de cada sistema, a un derecho de esas características).
Entre 2017 y 2020, la participación de los casos con estos planes (moratorias) entre las altas de jubilaciones había sido de entre 55% y 62%. En los años previos había resultado aún más elevada, por la incidencia de las entonces nuevas políticas sobre el tema. En 2015, por ejemplo (año electoral, como también lo fue 2021), el 87% de las altas había tenido este subsidio estatal.
Ingresar a una moratoria implica declararle al fisco una deuda por aportes no hechos en su momento, para saldarla usando un plan subsidiado, con cuotas que se descuentan de los haberes. El carácter temporal de este sistema hace que se vaya agotando, año tras año, la posibilidad de acceso. Por eso, y porque al ser lanzadas nunca se previó cuánto costarían y cómo se financiarían, no son una solución a un problema de fondo como el de la gran cantidad de personas que llegan a la edad de retiro sin cumplir con los requisitos exigido por la ley para jubilarse. Otro punto cuestionable es que el régimen regulatorio de las moratorias que surgieron una década y media atrás hace que se otorgue o se niegue un derecho solamente en función de la fecha de nacimiento, aun cuando incluidos y excluidos estén inmersos en una misma realidad social.
En 2016 se creó por ley la Pensión Universal para el Adulto Mayor, a la que se accede sin aportes, con la intención de que sea el reemplazo progresivo de las moratorias. Es una prestación para quienes no tienen aportes (o los tienen pero en cantidad insuficiente), que equivale al 80% del haber mínimo. Se exige, como requisito, tener 65 años de edad (igual para mujeres y varones) y pasar un examen socio ambiental (desde hace unos años, las moratorias requieren de esto último, aunque en los inicios se dieron sin contemplar cuál era la situación económica de los solicitantes).
Hoy está vigente la moratoria de la ley 24.476, que permite declarar aportes hasta septiembre de 1993. Y la ley 26.970 habilita a las mujeres de 60 años o que cumplan esa edad hasta el 23 de julio de este año, a declarar deudas por períodos hasta diciembre de 2003; los varones solo acceden si cumplieron 65 años antes del 18 de septiembre de 2016.