La denuncia es una reacción del diputado a un reportaje de UNIVERSIDAD en que varias expertas en derecho familiar, derechos humanos, salud mental y ciencias políticas alertaron sobre los peligros que representa el texto propuesto.
El diputado socialcristiano Leslye Bojorges presentó ayer, 7 de diciembre, una denuncia ante el Tribunal de la Inspección Judicial del Poder Judicial contra la jueza de familia y magistrada suplente de la Sala Segunda por emitir criterio sobre el proyecto de ley 23.421, presentado por el legislador junto al ultraconservador Fabricio Alvarado.
El diputado circuló un video en sus redes sociales cuando presentó la querella, afirmando que la jueza “adelantó criterio, violentó la imparcialidad e inclusive hizo afirmaciones falsas sobre nuestro proyecto de ley”.
“No se vale que grupos radicales mientan y manipulen sobre nuestro proyecto de ley, sobre todo cuando se trata de una jueza y magistrada suplente que ni siquiera leyó el proyecto de ley”, dice Bojorges en el video.
La denuncia es una reacción del diputado a un reportaje de UNIVERSIDAD en que varias expertas en derecho familiar, derechos humanos, salud mental y ciencias políticas alertaron sobre los peligros que representa el texto propuesto.
Por ejemplo, tras un análisis exhaustivo del texto propuesto, Solís dijo que el mismo es preocupante, pues pretende que las mujeres —en quienes está generalmente recargado el cuido de los hijos e hijas— tengan que hacerse responsables de que la relación entre padres e hijos sea “sana y respetuosa”, aunque no define qué significa eso.
“Es un concepto jurídico indeterminado y eso es muy peligroso, porque, en una sociedad patriarcal como la nuestra, obligar a las mujeres a procurar una sana convivencia con el padre implica decirle: cállese, sométase, no reclame sus derechos, no denuncie la violencia e incluso, que no diga nada aun si el papá es un irresponsable, un borracho o si les presenta una novia tras otra y los obliga a decirles mamá”, dijo la jueza.
Además, la jueza alertó que aunque no se dice de forma explícita, se incorpora el concepto de “alienación parental”, pues no solamente se hacen citas textuales sobre el tema en la exposición de motivos, sino que se establece que el contacto con el círculo familiar debe darse “libre de cualquier acción que tienda a influenciar negativamente en el pensamiento del menor, a través de mentiras, ideas falsas, acusaciones infundadas, y demás comportamientos con el fin debilitar, impedir, obstaculizar o dañar la relación parental con alguno de sus progenitores”.
Consultada sobre la denuncia de Bojorges, Solís dijo que no tiene conocimiento sobre el tema y que no ha recibido ninguna notificación, pero afirmó que brindará las declaraciones pertinentes “si fuera el caso, una vez notificada y ya habiendo contestado si es que el procedimiento lo requiere”.
“No obstante sí estimo oportuno indicar, que las personas juzgadoras tenemos derecho a la libertad de pensamiento y expresión, de forma que no es posible su restricción de manera ilimitada o antojadiza. Así lo ha reconocido amplia y reiteradamente la Corte Interamericana de Derechos Humanos”, puntualizó.