En Cabildo Abierto recién analizarían el texto en las próximas semanas, aunque adelantaron que, en caso de tener una respuesta afirmativa a cambio, pedirán que a la creación del procedimiento de reestructuración de deudas se incorpore otra vía en la regulación de los intereses que pueden cobrar las financieras.
Sin embargo, desde la agrupación liderada por Guido Manini Ríos están dispuestos a acordar con quien sea con tal de que esta problemática —que afecta a cerca de un millón de uruguayos, de los cuales 633.000 son considerados deudores irrecuperables ante el Banco Central (BCU)— pueda resolverse por vía parlamentaria. Sobre todo, luego de que la propia bancada oficialista le diera la espalda al respecto.
Si el acuerdo no llega, la formación está decidida a lanzar en el primer semestre del año entrante una campaña de firmas para lograr que el tema se defina a través de una consulta popular.
¿De qué se trata el proyecto?
La iniciativa supone, junto al procedimiento judicial para reestructurar ciertos pasivos, un proceso conciliatorio administrativo previo. Y a las acciones judiciales podrán acogerse todas aquellas personas que no puedan afrontar sus obligaciones ante sus acreedores, lo que pone en riesgo su acceso a bienes de primera necesidad. Además, estos beneficiarios deberán tener un único activo inmobiliario —el cual debe estar destinado a vivienda— con un calor máximo de 600.000 Unidades Reajustables (UR), y que perciban ingresos anuales de hasta 120.000 UR.
El procedimiento administrativo se entablará ante el Área de Defensa del Consumidor del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y suspenderá las ejecuciones de contenido patrimonial por 120 días, plazo en el que las partes deberán arribar a un acuerdo de pagos. El mismo no podrá ser inferior al pago del 40% de la deuda y las cuotas no deberán superar el 40% de los ingresos mensuales del deudor.
Si el acuerdo no llega, tanto deudor como acreedores podrán entablar un proceso judicial de acuerdo al monto del pasivo inicial. Allí, el juez podría imponer una “reestructura judicial forzosa” obligatoria para las partes y que incluirá lo que el magistrado considere factible de cumplir por parte del deudor.
El proyecto prevé también la actuación culpable del acreedor, que se presumirá en los casos en que la empresa no informe debidamente al deudor de los montos totales a pagar, con todos los costos incluidos; o cuando la publicidad no incluya toda la información relativa a la tasa de interés prevista. También estarán contempladas las prácticas abusivas para el cobro de los créditos, como violaciones a la intimidad de la persona, su humillación, el uso de información errónea, el abuso de desinformación o llamadas constantes y a horarios inapropiados.