Un rayón en la pintura, una lata hundida o un espejo roto. Así fue la mayoría de los 75.000 choques simples (205 cada día, en promedio) que ocurrieron en Bogotá el año pasado, y que a su vez causaron igual número de trancones.
Esteban Medina y Jorge González* tuvieron un choque con sus respectivos carros en la autopista Norte con calle 116, el sábado 17 de septiembre. Durante casi dos horas esperaron a la Policía de Tránsito, pero cuando un agente llegó al lugar y se percató de que no había lesionados les impuso a ambos un comparendo por obstrucción de la calzada.
Medina y González son apenas dos de los miles de conductores que desconocen que desde el 14 de julio pasado, cuando empezó a regir la Ley 2251, la forma de resolver los conflictos por choques simples cambió en el país. El problema lo deberán arreglar los implicados a través de una conciliación y las aseguradoras en los casos en los que los vehículos estén amparados por una póliza todo riesgo.
Además, los conductores, por su propia cuenta, deberán tomar evidencia del accidente (fotos, videos) para las futuras reclamaciones y, una vez cumplida esta etapa, deben retirar inmediatamente los carros del lugar del choque so pena de que les impongan un comparendo. La única forma de evitar esta sanción es que el vehículo quede con una avería mecánica que le impida moverse.
Otra consecuencia inmediata de la Ley 2251 es que para los casos de choques simples o de latas (en los que no hay lesionados ni fallecidos, solo daños materiales) no será necesario el Informe Policial de Accidentes de Tránsito (Ipat), más conocido popularmente como ‘croquis’.
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En noviembre del 2021 se expidió la Ley 2161, que apuntaba a introducir estos cambios, pero únicamente permitía estos ‘arreglos’ en buenos términos entre propietarios de vehículos que tuvieran un seguro todo riesgo. Es decir que las compañías con las evidencias enviadas por sus clientes se encargaban de las reparaciones mediante un cruce de cuentas.
Ahora, con la Ley 2251 las cosas cambiaron (ver ‘Esto es lo que dice la Ley 2251’).
Y si bien es posible que en una colisión usted termine asumiendo los arreglos de su carro así no haya sido el responsable, la ley le brinda mecanismos como la conciliación. Si no se llega a un acuerdo con la contraparte, puede acudir a otros de acceso a la justicia (ver ‘¿Qué es una conciliación…?’).
No obstante, uno de los problemas con los que se encuentran los afectados es la deficiencia en las pruebas, generalmente fotografías mal tomadas o que brindan poca información (ver ‘¿Cómo tomar fotos y videos de un accidente de tránsito?’).
Por último, hay que recordar o tener en cuenta que, si bien la ley brinda estas herramientas, su objetivo es evitar que las vías permanezcan obstruidas durante horas causando congestiones innecesarias.
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* Nombres cambiados por sugerencia de las fuentes.
Esto es lo que dice la Ley 2251
En su artículo 143, referente a daños materiales, señala que “en todo accidente de tránsito donde solo se causen daños materiales en los que resulten afectados vehículos asegurados, o no asegurados, inmuebles, cosas, o animales y no se produzcan lesiones personales, los conductores, entidades aseguradoras y demás interesados en el accidente recaudarán todas las pruebas relativas a la colisión mediante la utilización de herramientas técnicas y tecnológicas, que permitan la atención del mismo en forma oportuna, segura y que garantice la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta y uso probatorio de la información.
“Para tal efecto, el material probatorio recaudado con estas condiciones remplazará el informe de accidente de tránsito que expide la autoridad competente. Independientemente de que los vehículos involucrados en un accidente de este tipo estén asegurados o no, los conductores deben retirar inmediatamente los vehículos colisionados y todo elemento que pueda interrumpir el tránsito y acudir a los centros de conciliación debidamente autorizados por el Ministerio de Justicia y del Derecho.
“Si fracasa la conciliación, cualquiera de las partes puede acudir a los demás mecanismos de acceso a la justicia. Para tal efecto, no será necesaria la expedición del informe de accidente de tránsito ni la presencia de autoridad de tránsito en la respectiva audiencia de conciliación”.
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¿Qué es una conciliación y cómo funciona?
Es un mecanismo alternativo de solución de conflictos a través del cual dos o más personas, naturales o jurídicas, de carácter privado o público, nacionales o extranjeras, llegan a un acuerdo para solucionar sus diferencias, con la ayuda de un tercero neutral.
En Colombia se puede acudir a centros de conciliación como las oficinas de la Personería, consultorios jurídicos de universidades, sedes del Centro Nacional de Conciliación y Arbitraje del Transporte, Fenalco, Cámara de Comercio o en los cades, en Bogotá.
En lo posible, y específicamente en accidentes de tránsito, es mejor acudir a la conciliación pues así se evitan costosas multas o una sanción administrativa que puede resultar aún más costosa, como la retención del vehículo o suspensión de la licencia.
La conciliación se solicita en uno de los centros mencionados arriba. Una vez es aceptada, citan a las partes a una audiencia y ese día se puede llegar a tres posibles resultados que son consignados en un acta: 1) Se deja constancia de la conciliación, que puede ser el pago de alguna suma y que puede ser exigible en caso de incumplimiento. 2) Inasistencia de una de las partes. 3) No hay conciliación, en este caso las partes deben acudir a la justicia ordinaria según sus pretensiones.
En la conciliación no se necesita de apoderado. El conciliador no propone fórmulas ni le va a dar la razón a alguna de las partes, es solo un mediador pues son los implicados quienes deben llegar a un arreglo o solución conjunta, decidir si se ponen de acuerdo o no.
¿Cómo tomar fotos y videos de un accidente de tránsito?
Las personas pueden hacer uso de sus dispositivos tecnológicos (teléfonos) para documentar el accidente. En los casos de los vehículos asegurados, las compañías disponen de aplicaciones que guían al usuario para que a través de ellas haga el reporte para iniciar el proceso de indemnización.
Parte clave de esa guía es la forma como deben tomarse las fotos y los videos, además de datos como fecha, hora y lugar del accidente; nombre del conductor que iba manejando, contra qué se chocó, debe identificar el tipo de objeto, si es fijo (poste, árbol, etc.), o si es uno o varios vehículos, e indicar las placas.
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En todo caso, así su vehículo no esté asegurado, las fotografías deben ser amplias, panorámicas, que incluyan la escena completa del accidente. Tienen que ser varias tomas desde distintos ángulos que incluyan a todos los vehículos involucrados en una sola fotografía.
Asegúrese de que en las fotos se vean los alrededores, los negocios, edificios, carros estacionados, objetos que puedan dificultar la visión o falta de ellos, y hasta el estado del clima; las intersecciones y calles, semáforos, señales de tránsito como Pare, límites de velocidad y las del piso que indican el sentido del tránsito. Estas fotos son claves para establecer la posición de los vehículos en la zona del accidente.
Haga varias fotografías desde distintos ángulos a las partes afectadas de su carro; a veces en los choques simples solo se tienen en cuenta los daños exteriores, pero en algunos casos el impacto puede causar otros como rotura de brazos de dirección, de los soportes del motor, torceduras de chasís, descuadre de puertas, etc.
Pero no le haga fotos solo a su vehículo, tenga tomas de todos los automotores implicados y de sus zonas afectadas, de las placas. Si le es posible, tome fotos a los documentos del otro vehículo y los del conductor.
También es posible que alguien lo choque y huya del lugar. Intente anotar el número de la placa. Si no alcanzó a verla, fíjese en la marca, modelo, color o cualquier otra característica que pueda servir para identificarlo.
Tome los datos de personas que hayan presenciado el accidente y que estén dispuestas a asistir como testigos en caso de que lo necesite y, por último, revise si existen cámaras de seguridad que puedan haber registrado el choque.
Finalmente, si está dentro de sus posibilidades, acuda a la tecnología instalando una cámara de última generación que le permitirá grabar sus recorridos. Estas, incluso, si el carro está estacionado, sus sensores detectan cuando recibe un impacto y envían una alerta a su celular.
También está el sistema 360º, que utiliza cuatro cámaras ubicadas en los retrovisores, atrás y adelante, de tal forma que graban todo lo que se mueve en cada uno de los lados del vehículo y proyectan las imágenes en la pantalla interior.
REDACCIÓN VEHÍCULOS
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