La Federación Inglesa de Fútbol, comúnmente conocida como English Football Association (en adelante “FA”) ha introducido nuevas normas tendentes a proteger el patrimonio histórico de los Clubes de Fútbol ingleses que serán de aplicación en la Premier League, la English Football League, la National League, Women’s Super League y Women’s Championship.
La introducción de las nuevas normas para el inicio de la temporada deportiva 2022/2023 se produce tras un proceso de consulta con las Ligas mencionadas y la Football Supporters Association (en adelante “FSA”), asociación que vela por los intereses de los aficionados del fútbol inglés. Precisamente fue la meritada asociación de aficionados la que promovió los movimientos y protestas contra el proyecto de la Superliga, al que de primeras se encontraban adheridos seis clubes de la Premier League.
Sin duda alguna, los movimientos sociales de los aficionados ingleses tuvieron sus frutos, logrando un gran impacto y el apoyo del Gobierno británico, sumando la fuerza suficiente para que en menos de cuarenta y ocho horas los clubes ingleses adheridos a la Superliga decidieran abandonar el proyecto. Parece que las protestas de los fans ingleses han reforzado la presencia y capacidad decisoria de los aficionados en el funcionamiento de los Clubes o eso pretende FA con la implementación de medidas que garanticen la conservación de las señas de identidad históricas de los Clubes competidores.
De acuerdo con las nuevas normas publicadas en la circular de FA con fecha 5 de agostos de 2022, si un Club desea realizar un cambio material en su escudo o cambiar los colores reconocidos de su camiseta local, debe llevar a cabo un proceso de consulta exhaustivo y extenso con los aficionados simpatizantes del mismo.
Además, el Club debe demostrar que la mayoría de sus seguidores está a favor de los cambios propuestos (por ejemplo, a través de una encuesta independiente entre los abonados, la Sociedad de Beneficencia del club y los seguidores que hayan asistido a un determinado número de partidos en casa).
Medidas que buscan un equilibrio entre los propietarios de los Clubes y los aficionados de los mismos, que desde el punto de vista jurídico podrían atentar contra las decisiones que los propietarios y accionistas de los Clubes ingleses quisieran tomar respecto a la entidad deportiva. Una limitación que llega en el momento en que el fútbol inglés es uno de los mercados más internacionales y apetecibles para grandes fortunas de todo el mundo que deseen invertir en el negocio del deporte.
En caso de que un Club infrinja las normas, la FA podrá tomar las medidas oportunas, como por ejemplo ordenar al Club que vuelva a utilizar el escudo o la combinación de colores de la camiseta anterior pudiendo iniciar medidas de carácter disciplinario. Preceptos legales que deberán desarrollar bajo el fin de cumplir con el objetivo de esta nueva “fanática” iniciativa, que no es otra que situar a los aficionados en el centro del proceso de toma de decisiones sobre estas importantes cuestiones relacionadas con el patrimonio de los Clubes tal y como expone la FA en su web oficial.
El vicepresidente de la FSA, Tom Greatrex, se ha mostrado satisfecho respecto a estas medidas que protegen el patrimonio histórico de las entidades deportivas y garantizan la consulta a los aficionados frente a cualquier cambio. No obstante, la propia FSA indica que las medidas son insuficientes y como asociación que vela por los intereses de los aficionados continuarán hasta garantizar una mayor protección.
¿Se imaginan la aplicabilidad de una norma similar en el fútbol español?
Desde la perspectiva jurídica española es complejo asimilar que los abonados y simpatizantes más asiduos al Estadio de una Sociedad Anónima Deportiva o Club de Fútbol, tuvieran capacidades decisorias respecto a los cambios del escudo o los colores reconocidos de su camiseta local. Supondría una injerencia externa en el funcionamiento de una mercantil o asociación privada que no se encuentra contemplada en la Legislación vigente y que vendría amparada por una circular federativa bastante cuestionable, dado que la Real Federación Española de Fútbol no tiene entres sus capacidades y funciones las vías necesarias para dar consistencia y empaque legal a una decisión como la que a tomado la FA.
Continuando con la comparativa entre el fútbol de Inglaterra y de España, conviene recordar hechos recientes de modificaciones identitarias en Sociedades Anónimas Deportivas que han ocasionado protestas o inquietud de sus aficionados.
El Club Atlético de Madrid S.A.D., y el Real Valladolid Club de Fútbol S.A.D., han modificado recientemente sus escudos. Dichos cambios ocasionaron protestas por un buen sector de sus abonados y grupos de aficionados que de nada han servido.
Es cierto que los abonados y aficionados más fieles son el motor principal del sector del deporte por medio de la compra de paquetes de TV, los abonos y entradas, pero estos aficionados se encuentran amparados por la normativa de consumidores y usuarios, la cual podría considerarse suficiente para la defensa de sus intereses como clientes/consumidores que no son propietarios ni accionistas. Medidas como las que aplica la FA en Inglaterra serían más propias para los accionistas que para los aficionados y asistentes al Estadio.
La injerencia de los aficionados en este tipo de decisiones supondría una problemática a la evolución de la marca y desarrollo económico de los Clubes y SADs, que según múltiples informes han permitido generar grandes cifras de negocio y beneficios.
Un tema que tendrá recorrido en Inglaterra y que probablemente asociaciones de aficionados como la Federación de Accionistas y Socios del Fútbol Español (en adelante “FASFE”), tomarán en consideración para la obtención de una aplicación similar en el deporte español en busca de que los derechos de los aficionados españoles sean mayores respecto a las SADs y Clubes.
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Rubén Ramírez Muñoz es Abogado