En la campaña de Rodolfo Hernández mantienen su postura de no ir a debates, mientras que Gustavo Petro insiste en discutir de frente.
Foto: José Vargas
Antes de la medianoche de este martes, el país fue testigo de una decisión nunca vista en la historia electoral colombiana: la Sala Civil del Tribunal de Bogotá les ordenó a Rodolfo Hernández y Gustavo Petro programar y asistir a un debate presidencial “a más tardar el día jueves 16 de junio”. Nunca antes una instancia judicial profirió una orden de este tipo y entró tan a fondo en el debate político. De acuerdo con el Tribunal, “ambos candidatos se negaron en distintas oportunidades a acudir a los debates” y “un Estado que se pregona como democrático no puede darse el lujo de privarse del derecho de escuchar a sus candidatos presidenciales debatir públicamente sus programas de gobierno, porque los mismos constituyen un medio para garantizar el derecho de la ciudadanía a participar en la conformación del poder político”.
El fallo vino en respuesta a una acción de tutela interpuesta por el abogado Luis Mauricio Urquijo y otros accionantes, que consideraron que la decisión de no ir a debates afectaba el derecho a elegir y ser elegido, así como el derecho a la información de toda la ciudadanía. En diálogo con El Espectador, Urquijo justificó la tutela bajo la tesis de que no es una acción pensada en respuesta a un solo candidato, sino que incluso tenía antecedentes en las elecciones de 2018, cuando Iván Duque decidió no ir a debates en segunda vuelta. “Mi esposa, cuando hacía su maestría en derecho público, estudió el tema del derecho a la información, un derecho colectivo que podía ser protegido a través de la acción popular y la tutela. En 2018 pusimos esta misma tutela tratando de llevar el problema académico al tema constitucional. El juez no abordó la tutela en el caso Duque porque ya estaban más cerca las elecciones”, comentó el legista.
Como la situación se repitió en 2022, interpusieron otra tutela con la misma argumentación, y esta vez hubo el tiempo suficiente para que un tribunal les diera la razón. No obstante, múltiples sectores han llegado a cuestionar el recurso y el fallo, bajo el argumento de que se estaría violando la libertad de expresión de Hernández de negarse a ir a un debate. Incluso periodistas, que han reclamado el silencio del exalcalde bumangués durante la segunda vuelta, compartieron esta premisa. Sin embargo, Urquijo defendió la acción presentada y la decisión con el argumento de que en una segunda vuelta hay un “elevado interés ciudadano para conocer la información que sirve de insumo para tomar la decisión de votar”, debido a que hay cambio en las propuestas y discursos antes de las adhesiones. Además, señaló que, si bien es cierto que los candidatos tienen su derecho a la libertad de expresión, “deben prevalecer los derechos de millones de ciudadanos de conocer la información contrastada, como ocurre en un debate”.
Como Urquijo, varios conocedores del ordenamiento legal colombiano también entraron a señalar que debe primar el derecho de los ciudadanos a votar informados sobre la decisión de ir o no a debates. Para Alejandro Matta, director de Politeia, aunque la determinación es coercitiva y hasta problemática, por obligar a los candidatos a asistir al debate -sobre todo a Rodolfo Hernández- es importante debido a que “la democracia viene de la mano de los conceptos de participación e información”. “Se restringe un derecho fundamental de unos pocos -los candidatos- por el derecho de muchos”, añadió Matta, que explicó la situación de la siguiente manera: “Es una restricción mínima a la autonomía con miras a la expansión de la democracia”.
En este mismo sentido, Matta señaló que el problema en esta situación radica en que hay una seria ausencia de leyes estatutarias que reglamenten temas como el electoral: “Muchas leyes debieron haberse expedido y no fue así. Preferible que las decisiones vengan por el Congreso, pero no podemos deponer la vigencia constitucional ante esa omisión”. Aunque defendió la determinación judicial, expresó que lo más probable es que no se vaya a llevar a cabo el debate debido a que el tiempo para que se dé el incidente de desacato podría tomar más allá del 19 de junio, día de las elecciones, y ya después de ese día puede que la respuesta sea “hay una carencia actual de la obligación”. Esto quiere decir que ya no se puede cumplir porque, en este caso, el objeto del debate ya habrá pasado. Por eso, el abogado concluyó que la determinación del Tribunal “es un llamado muy importante a los candidatos para que asuman su responsabilidad con la ciudadanía”.
En una línea similar camina el decano de la Escuela de Derecho de la Universidad Eafit de Medellín, Esteban Hoyos, aunque hace la aclaración de que la decisión, sin importar si es impugnada o no, debe cumplirse de inmediato, debido a que es proveniente de una tutela. “La impugnación no interrumpe el cumplimiento del fallo de primera instancia, así que el debate debe realizarse y la decisión debe cumplirse”, explicó el académico. Frente a la naturaleza e implicaciones del pronunciamiento del Tribunal, Hoyos expresó algunas dudas sobre “que exista una obligación constitucional a realizar debates y que a través de la acción de tutela se obligue a participar de estos espacios”, pero al mismo tiempo refirió que “es muy importante que los ciudadanos participen en la conformación del poder político, lo que incluye que conozcan y tengan acceso a las propuestas de los candidatos”.
Al igual que Matta, el decano de la Facultad de Derecho descartó que se esté violando la libertad de expresión de Hernández y de Petro, puesto que “ser un candidato presidencial supone unas responsabilidades y unas cargas. Y de cierta forma, estar expuesto al ejercicio de la actividad periodística, a las preguntas y a los controles y acciones ciudadanas”. Por último, también llegó al punto de que todo esto se pudiese haber evitado con un papel más fuerte del Legislativo en el tema electoral. “Quizá convenga que el Congreso de la República regule esta materia hacia el futuro. Sin embargo, hay una decisión judicial, y esta debe cumplirse sin demora”, concluyó.
La polémica a poco de la segunda vuelta
La determinación llegó justo a pocos días de que los colombianos salgan a las urnas a elegir entre Gustavo Petro y Rodolfo Hernández. Ambos candidatos han evitado los debates en alguna etapa de la contienda electoral. No obstante, ahora mismo es Hernández el que ha buscado de todas las formas posibles no participar de estos espacios. Y, en cambio, desde el petrismo se ha tratado de asistir a debates, teniendo en cuenta la posible ventaja argumentativa que tendría el exalcalde de Bogotá sobre su oponente. Tal ha sido la insistencia, que allegados al Pacto Histórico radicaron una solicitud ante el Consejo Nacional Electoral (CNE) para que se obligue a Hernández a ir a debates. Ante la negativa del tribunal electoral, interpusieron una tutela, que no ha sido estudiada, con la misma petición.
Entre las accionantes figura la exfórmula vicepresidencial de Gustavo Petro, Ángela María Robledo. Esta señaló que su intención tiene como base 2018, cuando Iván Duque tuvo una postura igual ante los debates, y la consecuencia principal que hubo fue no discutir a profundidad los planes de gobierno. “Rodolfo sacó que no iba a ir a debates y necesitamos conocer sus propuestas, porque no se tiene claridad de ellas, ya que son muy distintas a lo que radicó en Registraduría. No sabemos cuál es su programa real”, expresó la también excongresista, recalcando que su solicitud apunta a fortalecer el voto programático.
La determinación al fallo que obliga a los candidatos a asistir a debates ha tenido distintas respuestas. En el caso de la campaña rodolfista, el silencio ha sido el único pronunciamiento. En cambio, desde el petrismo afirmaron estar más que dispuestos y hasta enviaron una carta al sistema de medios públicos para que brinden el espacio para llevar a cabo el debate con Hernández. De cierta forma se le cumple el deseo a Petro de debatir, una solicitud que hizo desde el día uno de la segunda vuelta y que su contrincante ignoró. Sin embargo, en este caso, no están tan claras las implicaciones que tendría un debate a tan pocos días de las elecciones del 19 de junio.
Para la candidata a doctora Margarita María Orozco, “a estas alturas la mayoría de las personas ya decidieron por quién votar” y está demostrado, de acuerdo con la literatura sobre el tema, “que solo entre el 10 y 15 % de los ciudadanos deciden su voto basados en un debate”. Los posibles cambios, según Orozco, se dan en las conversaciones posteriores a los debates, y no habría mucho tiempo para ellos ante la inminencia de las elecciones. Asimismo, expresó que una negativa de Hernández a asistir a este espacio “obligatorio” no le costaría ante sus electores, pues “él no es de plaza pública y la gente no encuentra incoherencia en que no quiera debatir”.
El profesor Yann Basset también dijo que es poco probable que un debate cambie la intención de voto. No obstante, ante un margen tan estrecho entre ambas candidaturas, puede haber algunas diferencias, sobre todo porque son espacios en los que se fundamenta de mejor manera el voto. “Sería muy útil que se haga, aunque no habrá mucho tiempo para que alimente la discusión pública”, expresó el académico, quien cree que probablemente la realización del debate no tenga mayores efectos, ya que la ciudadanía ha asumido que ir o no “es parte de la estrategia y no hay problema con ello”. Parte de esta postura, enfatizó Basset, se construyó ante la “debatitis de primera vuelta, el exceso inverso”.