Hace dos semanas, el grupo parlamentario del PAN presentó una propuesta para “restituir el Seguro Popular”, tal cual. No deja de ser simbólico que ese partido explícitamente proponga volver al pasado, ya que para él los tiempos pasados fueron mejores. Le sirve para lanzar una campaña política, pues seguramente está consciente de que esta iniciativa legislativa no puede transitar lo que se expresa, no es una propuesta de toda la oposición. Sin embargo, el manifiesto fracaso del Insabi (Instituto de Salud para el Bienestar) de cumplir la función para la que fue creado ayuda al PAN en su crítica.
En la exposición de motivos se hacen loas al Seguro Popular (SP) o, estrictamente hablando, al SNPSS (Sistema Nacional de Protección Social en Salud) y a sus creadores, al grado de que llega a citar un artículo de Julio Frenk en Nexos, no precisamente una revista científica reconocida.
Otra falsedad en su desarrollo de argumentos es que sostiene que todos y todas quienes demandaban su inscripción en el SP la lograban. En la realidad, el techo del número de inscritos se fijaba en función de los recursos aprobados para el SP en el presupuesto federal, y al resto de los solicitantes se les inscribían en una “lista de espera”; procedimiento ilegal, ya que la ley de salud decía que ésta es un derecho de todos. Este procedimiento tenía un margen de arbitrariedad y significaba otro resorte del control corporativo.
La brecha entre el gasto disponible para la población sin seguro social laboral y el gasto en servicios médicos del IMSS calculada en 2019 fue de 290 mil 808 millones de pesos a 336 mil 503. Es decir, no hay ningún fundamento para sostener que el esquema de financiamiento del SNPSS logró distribuir equitativamente los recursos federales entre los sistemas de seguro social y la población sin éste. Aún así, el FASSA-ramo 33 y el ramo 12, donde se programan los recursos federales incluidos los del SNPSS, se dedican en su mayor parte a atender a la población sin seguro social laboral. Sin embargo, es cierto que una parte se gasta en actividades de salud pública dirigidos a toda la población.
Pocos estados federados hacen y no hacían una aportación sustancial a los Servicios Estatales de Salud (SESA). Es, además, difícil rastrear el uso de los recursos del Seguro Popular porque una vez transferidos pertenecían al estado y solían registrarse en el presupuesto local de salud, sin distinguir su procedencia. Es de recordar que casi todas las entidades cuyos SP han sido auditados por la ASF tienen muchas observaciones, recomendaciones y demandas penales. En algunos casos, incluso, los secretarios de salud fueron a la cárcel. Estas evidencias contundentes de corrupción fueron una razón importante para recentralizar los recursos y entregarlos en especie a los gobiernos estatales.
La distribución de los fondos para el Catálogo Universal de Servicios de Salud (Causes) debe ser entre las unidades de primero y segundo nivel certificadas según la ley. Sin embargo, hubo un grave retraso de certificación para 2016 y todavía mayor para 2019-2020. Se entregó el dinero sin considerar lo estipulado por la ley y sus reglamentos. Es significativo que este comportamiento ilegal no causó observaciones del Órgano Interno de Control o algún castigo a los responsables, particularmente al director general encargado de la materia.
Otro tema no mencionado en la exposición de motivos es el serio déficit de infraestructura en los estados. Los llamados hospitales comunitarios de 12 a 14 camas en promedio mostraron ser totalmente disfuncionales al estipular que deberían operar los siete días de la semana las 24 horas, con cuatro o cinco especialidades básicas. En su mayoría y en el mejor de los casos, había personal adecuado en un turno. Tenían, además, problema con el laboratorio, los rayos-X y el abasto.
En el otro extremo, o sea en el tercer nivel de atención, la infraestructura en las entidades es muy insuficiente. En el mejor de los casos, los tiempos de espera para recibir atención eran muy largos, lo que impedía que los pacientes fueran asistidos oportunamente para salvar su vida. Además, se pedía un depósito por anticipado de unos 50 mil pesos para garantizar el pago al hospital si resultara que el padecimiento no era de los reconocidos en el Catálogo de Gastos Catastróficos. El rembolso de este respectivo al nosocomio era, asimismo, muy tardado, hasta de dos años. Por último, generalmente no se aplicaba el uso cruzado entre instituciones por falta de tabulador único para subsanar la falta de servicios en el sistema fragmentado y segmentado.